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sábado, 19 de septiembre de 2026

Francisco Javier Lázaro Gimeno, Cataluña, moneda medieval

Javier Lázaro: "La palabra ‘Cataluña’ no aparece en ninguna moneda medieval".

Francisco Javier Lázaro Gimeno


Nacido en Calatayud, Francisco Javier Lázaro Gimeno ejerce de asesor laboral desde 1976 en su despacho en Zaragoza. Cursó estudios de graduado social en la Universidad de Zaragoza, es Titulado Superior en Relaciones Industriales y también experto internacional por la Universidad de Alcalá de Henares. Licenciado en Ciencias del Trabajo por la Universidad Internacional de Cataluña, cursando el programa de doctorado en la Universidad Abad Oliba, es aficionado a la numismática desde hace décadas. Ahora acaba de publicar un libro en el que recorre el pasado de Aragón a través de sus monedas: 'Cincuenta monedas que cuentan la historia de Aragón' (Editorial Comuniter). 

'Cincuenta monedas que cuentan la historia de Aragón' (Editorial Comuniter).


¿Qué se considera ‘moneda aragonesa’?

La acuñada por los Reyes de Aragón. La celtíbera, romana, visigoda y árabe no lo es, en sentido estricto, aunque se acuñara en territorio que hoy es Aragón. La moneda aragonesa surgió en el reinado de Sancho Ramírez, a partir de 1085, en un periodo de esplendor del reino y de la ciudad de Jaca. Las primeras acuñaciones de Jaca se hicieron en unas casas frente a la catedral, y se cree que la primera moneda jaquesa pudo acuñarse en 1077, coincidiendo con la concesión del fuero de Jaca.

¿Cómo eran esas monedas?

El dinero jaqués era de vellón (aleación de plata y cobre) y tenía ley cuaternal: una parte de plata por dos de bronce. Pesaba teóricamente 1,08 gramos, y tenía un divisor, el óbolo o miaja. De ahí viene la expresión, que aún se emplea, de ‘Dame una miaja de...’, porque con el paso del tiempo tuvo una peor aleación y peso.

El sueldo jaqués...

No existió nunca como moneda, era una unidad de cuenta que equivalía a 12 dineros. El dinero jaqués es una moneda con una larga pervivencia en el tiempo, llega hasta el reinado de Felipe V.

Usted extrae mucha información de las monedas.

Porque en ellas nada es casual, todo tiene una motivación. Por ejemplo: cuando empezó a representarse de forma habitual el rey aragonés coronado fue con Pedro II, y era porque el monarca había viajado a Roma y había sido coronado allí por el Papa, ceremonia que luego se repetiría en la catedral del Salvador de Zaragoza. Otro ejemplo: cuando años más tarde Pedro III tuvo problemas con el Papa, hasta el punto de que llegó a ser excomulgado, mandó que en las monedas se incluyeran junto a su título leyendas como ‘por la gracia de Dios’, o ‘el mayor poder está en Dios’, para minimizar así la influencia del Papa.

LA CORONACIÓN DE PEDRO II EN ROMA

A usted le sirven incluso para desmontar algunos de los mitos de los nacionalismos.

tv3, 3%, aborregamiento masivo

Las monedas reflejan periodos de esplendor y de crisis, son el legado de cada época y nos dan información que a menudo no viene en otro tipo de documentos, o estos no son de la misma época, condición que sí ostentan las monedas. Durante siglos han sido la máxima expresión del poder político y el principal medio de propaganda de reyes y emperadores. El Rey aragonés acuñó monedas en todos los territorios que se fueron incorporando a la Corona, y en todas se plasmaba la denominación del monarca como rey de Aragón, que era el principal de los títulos, si bien se añadían en segundo lugar otros títulos y símbolos diferentes a los utilizados en Aragón. En territorios que hoy no son Aragón circulaba moneda aragonesa. Incluso en la propia Lérida, porque los aragoneses la consideraban una ciudad aragonesa, y allí el Rey de Aragón acuñó dinero jaqués. La palabra ‘Cataluña’ no aparece en ninguna moneda medieval, puesto que este nombre fue un concepto geográfico. Lo que existió fue el Condado de Barcelona.

Las monedas desmienten las manipulaciones...

Por supuesto. Por ejemplo: es un error y una manipulación la manía que tienen en Barcelona de restar un ordinal a los ‘pedros’ y ‘alfonsos’.
El condado de Barcelona nunca tuvo como rey a Pedro I o a Alfonso I. en cualquier caso se les podría citar con ese numeral si se les citara como ‘condes’ de Barcelona. Esta manía explica que a los reyes de la corona de Aragón haya tenido que ponérseles un adjetivo (el Cruel, el Magnánimo etc. ..) para poder entendernos.

Rey de Aragón, Valencia, Mallorca, Cerdeña y Córcega, Conde de Barcelona, Rosellón y Cerdaña.

Y también evidencian olvidos.

Claro. Casi nadie menciona que Alfonso I el Batallador acuñó moneda en Castilla. En ellas aparecía él solo o junto a su esposa Urraca, por cuyo matrimonio fue coronado Rey de Castilla. La historiografía castellana lo ha ninguneado, cuando debería haber pasado a la historia como Alfonso VII, título que más adelante recayó en su hijastro, Alfonso Raimúndez.

En su libro recoge muchos datos curiosos, como que en el valle de Arán circuló moneda aragonesa.

Y allí Alfonso el Batallador era reconocido como rey. Primero como reino, y luego como Corona, Aragón intentó crear un estado a caballo de los Pirineos, como habían hecho los visigodos, y la moneda aragonesa circuló y fue acuñada en diversos lugares de lo que hoy día es Francia, o en los reinos de Sicilia, Nápoles, Córcega...

¿Cuándo aparecen las barras en una moneda de Aragón?

Todos los símbolos del actual escudo de Aragón han tenido su representación numismática y su explicación en la oportunidad del momento. Con Jaime I el Conquistador se introdujo la representación de las barras en una moneda acuñada en Barcelona, que era de mala calidad y tuvo que ser retirada. Mi teoría al respecto es que el monarca quiso utilizar el símbolo real para justificar la acuñación. En las monedas acuñadas en Aragón las barras no aparecen hasta que Juan II acuña algunas de plata diferentes a las habituales. El árbol de Sobrarbe aparece en la moneda de Aragón en el año 1612, durante el reinado de Felipe II de Aragón y III de Castilla; y la cruz de San Jorge y las cuatro cabezas con Carlos I y Juana la Loca y, como esta seguía siendo reina, se la representaba junto a su hijo y se les citaba como ‘Ioana et Karolvs’ como si ambos reinaran en común, cuando no era así.

Carlos II, Barcino civi, ciudad de Barcelona, 1674.

moneda catalana, Barcino, Carol II, rex, Carlos II, rey, Carles II, rei

jueves, 4 de abril de 2019

Del Fuero de Jaca y su escritura. 1063

Del Fuero de Jaca y su escritura.

http://romancearagones.blogspot.com/2011/12/doc-1-los-fueros-de-jaca_8503.html 


Julián Naval (Tamarite de Litera)

El Fuero de Jaca es promulgado por Sancho Ramírez, segundo Rey de Aragón en 1063.
Del cual tenemos 7 códices, copias o versiones del original.
 
Aquest es lo for de Jaca.
Esto e lo for de Jaca.
Este es el Fuero de Jaca.
 
Original (Huesca, 1200)
Traducción aragonés oriental. (Variante de La Litera. Tamarite 2004)
Traducción castellana.
 
Del filtz, si lo payre lo nega
Dels fills, si lo pare lo negue
De los hijos. Si el padre lo niega

com lo salue la mayre.
com los salve la mare.
como los salva la madre.
 
Si alguna muyller / que non aya marit

Si alguna mullé, que no tingue marit

Si alguna mujer, que no tenga marido


aurá d’altre omne fill o filla
aurá d’altre ome fill o filla
tendrá de otro hombre hijo o hija

e l’omne nega que no es son fill
e l’ome negue que no es son fill
y el hombre niega que no es su hijo

la muyller, per saluar aquell fill o
la mullé, per salbá aquell fill o
la mujer, por salvar aquel hijo

aquella filla que sia d’aquel hom,
aquella filla que sigue d’aquell ome,
aquella hija que sea de aquel hombre

deu aportar denant la iusticia las
deu aportá debant la chustisia les
debe aportar delante de la justicia las

dos partz d’un cobde de drap
dos parts de un codo de drap
dos partes de un codo de trapo
// Aquí está liado
de lin ab qu’el sigell la man
de lino en que li selle la ma
de lino con que le selle la mano dreyta,

e aprés del terser dia leve
dreta, y dempués del tersé día
porte derecha y que después del tercer día lleva
//

lo ferri calt. E passats altres tres
lo ferri candent. Y pasats altres tres // lo ferro calén, candén //
Y pasados otros tres el hierro candente

dies puys que aurá leuat lo ferri,
dies pues que aurá portat lo ferri,
días pues que habrá llevado el hierro,

la iusticia ab altres fidels
la chustisia en altres fidels
la justicia con otros fieles

guarden-li saviament la man
mírenli sabiamen la ma
mírenle sabiamente la mano

Y si conoxen que sia sana
Y si coneixen que sie sana
Y si conocen que sea sana

la muyller rendas-l fill ad aquel
la mullé rindelí aquell fill a n’aquell
la mujer entregue aquel hijo a aquel

payre e d’ayllí enant no sia tenguda
pare y d’allí entanan no sie tenguda
padre y de allí en adelante no sea tenida

de nuyrir aquel fill e aquela filla
de nutrí aquell fill o aquella
filla obligada de alimentar (nutrir) aquel hijo o hija

sino ab sa voluntat, pero ***
sino sigue sa boluntat, pero ***
sino sea su voluntad, pero si lo hace lo pague el padre.

Et si por auentura la man
Y si por bentura la ma
Y si por ventura la mano

de la muyller no sera trobada
de la mullé no sirá trobada
de la mujer no será encontrada

nodresca aquel fill sana,
nudrisque aquell fill sana,
nutra aquel hijo

o aquella filla sense aquel
o aquella filla sense aquell
o aquella hija sin que aquel

payre a qui.l donaua.
pare al que se li donabe.
padre al que al se le daba.

Pero l’un nin l’altre,
Pero l’un ni l’altre,
Pero ni el uno ni el otro,

com que s’auenga,
como que s’abenguen,
como se avengan,

no deu dar calonia.
no deu doná calonia.
No deben pagar multa.
 
Original. Pamplona, 1247.
Traducción al aragonés oriental, Variante de La Litera.
Traducción castellana.
 
 
Si muller que no a marit
Si muller que no a marit
Si mujer que no tiene marido

fa filltz o filla d’algun omne
fa fills o filla d’algun ome
tiene hijos o hija de algún hombre

e ditz que de tal omne lo a,
y diu que de tal omne lo a,
y dice que de tal hombre lo ha (tiene),

e lo omne ditz que no,
y lo ome diu que no,
y el hombre dice que no

la muyller haya les dos partz
la muller aya les dos parts
la mujer lleve las dos partes


d’un cobde de drap de lin
d’un codo de drap de lino
de un codo de trapo de lino

 
El Fuero de Jaca. En lengua aragonesa medieval.
(Procedencia aragonesa de nuestra lengua)
Zona Oriental de Aragón.
 
El Justicia de Aragón patrocina un trabajo de recuperación histórica y lingüística de este singular Fuero de Jaca, para ello se recuperan los trabajos de un judío sefardí Mauricio Molho [4] con el tomo “I Facsimile” editado en el año 1964.
Del Fuero original de Sancho Ramírez (año 1067) se conservan solamente algunos retazos en latín y gracias a las investigaciones de Molho se llegan a encontrar hasta 7 códices, versiones o copias. Las dos primeros denominados A1 y A2 son recopiladas en Jaca y Huesca, La tercera denominada B, es recopilada en Navarra, Pamplona (Iruña), (llamada iruñense) , que al mencionar varias veces el Fuero de Aragón, se le supone posterior a las A. (datados del 1230 al 1380).

El resto son compilaciones que recogen las tres anteriores y son parciales, una en Zaragoza de la que solamente hay una página y perdido el original, copiada por Manuel Lasala (1870) redactada tardíamente en aragonés muy castellanizado.
Los fondos utilizados han sido del Archivo Histórico Nacional, Súmmo Porto, Santa Cruz de la Serós, San Juan de la Peña, Leyre, Iranzu, Jaca Archivo Municipal. En Navarra; Cámara de Comptos, Archivo Municipal de Pamplona, y de Estella, Puente la Reina, Santa María la Real, Sangüesa y C. De Roncesvalles, Tudela y Logroño.
Según este estudio, Molho dice; La versión A, Es la primera recopilación romanceada del Fuero. Tiene su centro en Jaca y es obra de jurisconsultos aragoneses.

Con la redacción B, representada por un solo manuscrito (98 folios de pergamino) aparece la primera expresión del derecho Aragonés en Pamplona. ( pág. 39).
La versión A, (...) fue la primera lengua de los notarios de Jaca (...) lenguaje híbrido con fondo galo-románico que se trasmite de generación en generación al interior de la población al que se superpone
el aragonés. (Molho 1978. pag. 193). [6]

También debe tenerse en cuenta (Ubieto pág. 444) considera que se trata de lengua jaquesa (pág. 332 del Fuero).

Así pues nos hallamos con unos textos, con restos francos (languedoc, bearnés, gascón, etc.) al que se le ha sobrepuesto el aragonés (íbero-galo-románico) resultando según Ubieto el jaqués, (aragonés medieval) este a la vez es llevado hasta Huesca donde empujado por el castellano, perdurará hasta el siglo XIV y en Logroño hasta el siglo XVI.
No deja de causarnos sorpresa la lectura de estos Fueros a los tamaritanos, pues están redactados en nuestra lengua, emparedada en la Zona Oriental de Aragón desde Benasque hasta Valderrobres, pasando por Fraga y Tamarite (a la que no se le ha prestado hasta la actualidad atención). Separados por casi 1000
años, los habitantes de esta Zona con una tozudez rayana en la paranoia la han conservado con pequeñas variantes, pese a las presiones de los dos idiomas mayoritarios el Castellano y el Catalán.
En los textos que presentamos, verán unas variantes que vamos a analizar lo más brevemente posible.

‘Est’,
perdura en Fraga; ’filtz ’perdura en Peralta-Calasanz; ‘payre, mayre’ desaparece la ‘y’ al ser la trasmisión fonética;
’omne, hom’ de las dos se deriva en – ome-; ’salue, saluar ’la –u- se convierte en –b, v- (como castellano); ’iusticia’ copia latina será - j - que fonéticamente se convierte en –ch-; ’Sj’
copia latina pasa a –i-; ’sia’ perdida (Gruas 1950) pasa a
–sigue; ’calt’ perdida pasa a candent (castellanismo, catalanismo); ‘ab’ pasa a en (Se conserva en un manuscrito de
Alcampel 1510); ’calonia’, -multa- se conserva en las Ordenanzas de Tamarite 1696; ’dar’ –doná- se conserva en Peralta-Calasanz; ’leve, leuat’ - porte, portat - se conserva en Fraga; ’enan’ apócope de –entanan; ’ditz, partz’-diu,
parts-, en Peralta-Calasanz y Zurita. Hay otras variantes y matices más sutiles que no es objeto en este trabajo abordar.
 
Julián Naval de Tamarite a 13 de Julio del 2004. (página 1ª de 6).
 
[1]
Redacciones aragonesas del siglo XIII (año 1.200 al 1299). Edición.
El Justicia de Aragón, Zaragoza. 1964. Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Dirige. José María Lacarra. pág.103. (pág. 25 del Fuero).
[2]
Redactado en Huesca en 1200. Molho 1960; Justicia de Aragón 2003. (pág. 18).
[3]
Justicia de Aragón. Fueros de Jaca. Redacción iruñesa. (pág. 48 del Fuero).
[4]
El Fuero de Jaca. Mauricio Molho. Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Escuela de Estudios Medievales. Instituto de Estudios Pirenaicos. 1954
[5]
El Fuero de Jaca I Facsimile. Fuentes para la Historia del Pirineo.
Edición Crítica de M. Molho. Sello Justicia de Aragón. Colección dirigida por J. Mª Lacarra. Zaragoza.1964
[6]
El Fuero de Jaca II Estudios. M. A. Martín Zorraquino y Mª L. Arnal, Zaragoza, 2003.


Del Fuero de Jaca y su escritura.
 
Este romance aragonés, de acuerdo con su manifestación escrita en el Fuero de Jaca, suena así
(No recurrimos a su traducción porque no la creemos necesaria para los valencianos).

7 De hom mort dints los termes de Jaca.
Si algun omne mata altre dintz los termens de Jaqua e es pres, deu dar al rey mil ss (sueldos jaqueses) per calonia e garde se dels parentz e dels amicx del mort. E si per aventura no e pres, si algunas cosas aura, sien meses en poder del rey. Mas altres omnes de la ciutat non son tenutz de dar aquel homecidi, sino aquel qui l'a feyt.

als presentz, Pedro II

 

Del Fuero de Jaca y su escritura.


Del Fuero de Jaca y su escritura.

http://romancearagones.blogspot.com/2011/12/doc-1-los-fueros-de-jaca_8503.html Julián Naval (Tamarite de Litera)

El Fuero de Jaca es promulgado por Sancho Ramírez, segundo Rey de Aragón en 1063. Del cual tenemos 7 códices, copias o versiones del original.

Aquest es lo for de Jaca. Esto e lo for de Jaca.
Este es el Fuero de Jaca.

Original (Huesca, 1200)
Traducción aragonés oriental. (Variante de La Litera. Tamarite 2004)
Traducción castellana.

Del filtz, si lo payre lo nega
Dels fills, si lo pare lo negue
De los hijos. Si el padre lo niega

com lo salue la mayre.
com los salve la mare.
como los salva la madre.

Sj alguna muyller / que non aya marit Si alguna mullé, que no tingue marit Si alguna mujer, que no tenga marido

aurá d’altre omne fill o filla
aurá d’altre ome fill o filla tendrá de otro hombre hijo o hija

e l’omne nega que no es son fill
e l’ome negue que no es son fill
y el hombre niega que no es su hijo

la muyller, per saluar aquell fill o
la mullé, per salbá aquell fill o
la mujer, por salvar aquel hijo

aquella filla que sia d’aquel hom,
aquella filla que sigue d’aquell ome,
aquella hija que sea de aquel hombre

deu aportar denant la iusticia las
deu aportá debant la chustisia les
debe aportar delante de la justicia las

dos partz d’un cobde de drap
dos parts de un codo de drap
dos partes de un codo de trapo

de lin ab qu’el sigell la man
de lino en que li selle la ma
de lino con que le selle la mano

dreyta, e aprés del terser dia leve
dreta, y dempués del tersé día porte
derecha y que después del tercer día lleva

lo ferri calt. E passats altres tres
lo ferri candent. Y pasats altres tres // lo ferro calén, candén //
Y pasados otros tres el hierro candente

dies puys que aurá leuat lo ferri,
dies pues que aurá portat lo ferri,
días pues que habrá llevado el hierro,

la iusticia ab altres fidels
la chustisia en altres fidels
la justicia con otros fieles

guarden-li saviament la man
mirénli sabiamen la ma
mírenle sabiamente la mano

Y si conoxen que sia sana
Y si coneixen que sie sana
Y si conocen que sea sana

la muyller rendas-l fill ad aquel
la mullé rindelí aquell fill a n’aquell
la mujer entregue aquel hijo a aquel

payre e d’ayllí enant no sia tenguda
pare y d’allí entanan no sie tenguda
padre y de allí en adelante no sea

de nuyrir aquel fill e aquela filla
de nutrí aquell fill o aquella filla
obligada de alimentar (nutrir) aquel hijo o hija

sino ab sa voluntat, pero ***
sino sigue sa boluntat, pero ***
sino sea su voluntad, pero si lo hace lo pague el padre.

Et si por auentura la man
Y si por bentura la ma
Y si por ventura la mano

de la muyller no sera trobada
de la mullé no sirá trobada
de la mujer no será encontrada

nodresca aquel fill sana,
nudrisque aquell fill sana,
nutra aquel hijo

o aquella filla sense aquel
o aquella filla sense aquell
o aquella hija sin que aquel

payre a qui.l donaua.
pare al que se li donabe.
padre al que al se le daba.

Pero l’un nin l’altre,
Pero l’un ni l’altre,
Pero ni el uno ni el otro,

com que s’auenga,
como que s’abenguen,
como se avengan,

no deu dar calonia.
no deu doná calonia.
No deben pagar multa.

Original. Pamplona, 1247
Traducción al aragonés oriental, Variante de La Litera.
Traducción castellana.

Si muller que no a marit
Si muller que no a marit
Si mujer que no tiene marido

fa filltz o filla d’algun omne
fa fills o filla d’algun ome
tiene hijos o hija de algún hombre

e ditz que de tal omne lo a,
y diu que de tal omne lo a,
y dice que de tal hombre lo ha (tiene),

e lo omne ditz que no,
y lo ome diu que no,
y el hombre dice que no

la muyller haya les dos partz
la muller aya les dos parts
la mujer lleve las dos partes

d’un cobde de drap de lin
d’un codo de drap de lino
de un codo de trapo de lino


El Fuero de Jaca. En lengua aragonesa medieval.
(Procedencia aragonesa de nuestra lengua)
Zona Oriental de Aragón.


El Justicia de Aragón patrocina un trabajo de recuperación histórica y lingüística de este singular Fuero de Jaca, para ello se recuperan los trabajos de un judío sefardí Mauricio Molho [4] con el tomo “I Facsimile” editado en el año 1964.[5]
Del Fuero original de Sancho Ramírez ( año 1067) se conservan solamente algunos retazos en latín y gracias a las investigaciones de Molho se llegan a encontrar hasta 7 códices, versiones o copias. Las dos primeros denominados A1 y A2 son recopiladas en Jaca y Huesca, La tercera denominada B, es recopilada en Navarra, Pamplona (Iruña), (llamada iruñense) , que al mencionar varias veces el Fuero de Aragón, se le supone posterior a las A. (datados del 1230 al 1380). El resto son compilaciones que recogen las tres anteriores y son parciales, una en Zaragoza de la que solamente hay una página y perdido el original, copiada por Manuel Lasala (1870) redactada tardíamente en aragonés muy castellanizada.
Los fondos utilizados han sido del Archivo Histórico Nacional, Súmmo Porto, Santa Cruz de la Serós, San Juan de la Peña, Leyre, Iranzu, Jaca Archivo Municipal. En Navarra; Cámara de Comptos, Archivo Municipal de Pamplona, y de Estella, Puente la Reina, Santa María la Real, Sangüesa y C. De Roncesvalles, Tudela y Logroño.
Según este estudio, Molho dice; La versión A, Es la primera recopilación romanceada del Fuero. Tiene su centro en Jaca y es obra de jurisconsultos aragoneses.
Con la redacción B, representada por un solo manuscrito (98 folios de pergamino) aparece la primera expresión del derecho Aragonés en Pamplona. ( pág. 39).
La versión A, (...) fue la primera lengua de los notarios de Jaca (...) lenguaje híbrido con fondo galo-románico que se trasmite de generación en generación al interior de la población al que se superpone el aragonés. ( Molho 1978. pag.193). [6]
También debe tenerse en cuenta (Ubieto pág.444) considera que se trata de lengua jaquesa( pág. 332 del Fuero).
Así pues nos hallamos con unos textos, con restos francos (languedoc, bearnés, gascón, etc.) al que se le ha sobrepuesto el aragonés (íbero-galo-románico) resultando según Ubieto el jaqués, (aragonés medieval) este a la vez es llevado hasta Huesca donde empujado por el castellano, perdurará hasta el siglo XIV y en Logroño hasta el siglo XVI.
No deja de causarnos sorpresa la lectura de estos Fueros a los tamaritanos, pues están redactados en nuestra lengua, emparedada en la Zona Oriental de Aragón desde Benasque hasta Valderrobres, pasando por Fraga y Tamarite (a la que no se le ha prestado hasta la actualidad atención). Separados por casi 1000 años, los habitantes de esta Zona con una tozudez rayana en la paranoia la han conservado con pequeñas variantes, pese a las presiones de los dos idiomas mayoritarios el Castellano y el Catalán. En los textos que presentamos, verán unas variantes que vamos a analizar lo más brevemente posible.
‘Est’, perdura en Fraga; ’filtz ’perdura en Peralta-Calasanz; ‘payre, mayre’ desaparece la ‘y’ al ser la trasmisión fonética; ’omne, hom’ de las dos se deriva en – ome-; ’salue,saluar’la –u- se convierte en –b,v- (como castellano); ’iusticia’ copia latina será - j - que fonéticamente se convierte en –ch-; ’Sj’ copia latina pasa a –i-; ’sia’ perdida (Gruas 1950) pasa a –sigue; ’calt’ perdida pasa a candent (castellanismo, catalanismo); ‘ab’ pasa a en (Se conserva en un manuscrito de Alcampel 1510); ’calonia’, -multa- se conserva en las Ordenanzas de Tamarite 1696; ’dar’ –doná- se conserva en Peralta-Calasanz; ’leve, leuat’ - porte, portat - se conserva en Fraga; ’enan’ apócope de –entanan; ’ditz, partz’-diu, parts-, en Peralta-Calasanz y Zurita. Hay otras variantes y matices más sutiles que no es objeto en este trabajo abordar.

Julián Naval de Tamarite a 13 de Julio del 2004. (página 1ª de 6).

[1] Redacciones aragonesas del siglo XIII (año 1.200 al 1299). Edición. El Justicia de Aragón, Zaragoza. 1964. Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Dirige. José María Lacarra. pág.103.(pág. 25 del Fuero).
[2] Redactado en Huesca en 1200. Molho 1960; Justicia de Aragón 2003. (pág. 18).
[3] Justicia de Aragón. Fueros de Jaca. Redacción iruñesa. (pág. 48 del Fuero).
[4] El Fuero de Jaca. Mauricio Molho. Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Escuela de Estudios Medievales. Instituto de Estudios Pirenaicos. 1954
[5] El Fuero de Jaca I Facsimile. Fuentes para la Historia del Pirineo. Edición Crítica de M. Molho. Sello Justicia de Aragón. Colección dirigida por J. Mª Lacarra. Zaragoza.1964
[6] El Fuero de Jaca II Estudios. M. A. Martín Zorraquino y Mª L. Arnal ,Zaragoza, 2003.


Del Fuero de Jaca y su escritura.

Este romance aragonés, de acuerdo con su manifestación escrita en el Fuero de Jaca, suena así (No recurrimos a su traducción porque no la creemos necesaria para los valencianos).

7 De hom mort dints los termes de Jaca.
Si algun omne mata altre dintz los termens de Jaqua e es pres, deu dar al rey mil ss (sueldos jaqueses) per calonia e garde se dels parentz e dels amicx del mort. E si per aventura no e pres, si algunas cosas aura, sien meses en poder del rey. Mas altres omnes de la ciutat non son tenutz de dar aquel homecidi, sino aquel qui l'a feyt.



als presentz